La totalidad de los perros que residan en un municipio tienen la obligación de estar registrados y censados en el mismo, y en caso contrario sus propietarios se exponen a la correspondiente sanción administrativa.
Frecuentemente se comprueba que hay un elevado número de perros que se encuentran sin censar en el ayuntamiento encontrándose, por tanto, en una situación de irregularidad.
¿Cuáles son los motivos que llevan a un propietario a no censar a su perro?
Podemos encontrar diferentes razones..
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Desconocimiento por parte del propietario…aunque esto seria en pocos casos, ya que tanto por parte del ayuntamiento como por parte de otras propietarios de perros nos enteramos de este trámite.
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Que el propietario considere que el censado del perro lleva unos trámites complejos… es totalmente falso
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Dejadez por parte del propietario… es el caso más frecuente.
¿Cómo se hacen los trámites para el censo de nuestro perro?
Como ya hemos comentado, una persona que tiene un perro está obligada censarlo y registrarlo en el ayuntamiento donde resida.
Se pueden dar casos diferentes, ya que no en todas las comunidades autónomas es obligatoria la identificación mediante microchip electrónico. Allí donde es obligatoria, los ayuntamientos disponen de los datos correspondientes previa consulta de la base de datos.
En las comunidades autónomas donde es obligatoria la vacunación de la rabia, los ayuntamientos disponen de un censo de los perros vacunados.
En Barcelona ciudad hay 89.357 perros con el microchip obligatorio implantado, según una noticia publicada en La Vanguardia sólo 14.508 de ellos están también inscritos en el censo municipal. La diferencia, casi 66.000 canes, carece de un papel oficial (el censo) que es igual de obligatorio que el chip, aunque muchos propietarios lo ignoran. Además, existe un número indeterminado, que se estima bajo, de perros sin censar y sin identificar.
La inscripción en el censo municipal de perros (y de gatos, otros grandes ausentes en el censo) se debe hacer, según la ordenanza, en un plazo de 15 días después de haber puesto el microchip al perro. Hay que formalizarla en las oficinas de los distritos municipales y hay que abonar una tasa en un sólo pago, de 35,75€Los dueños de mascotas no censadas pueden acabar pagando 400€ de sanción
Primero acudiremos al veterinario
Lo primero que tiene que hacer el poseedor de un perro es acudir al veterinario, quien comprobará el estado de salud del animal y le informará de las vacunas que hay que administrarle, a la vez que le abrirá una cartilla canina.
En la mayoría de las Comunidades Autónomas es obligatoria la identificación de los perros mediante microchip. Además, cualquier perro que viaje a otra país de la Comunidad Europea debe estar obligatoriamente identificado con microchip.
Toda la información que se adquiere al rellenar la cartilla canina y colocar el microchip debe estar en una base de datos oficial. Cada ayuntamiento debe tener un censo permanente y actualizado de los perros que hay en él.
Allí donde es obligatoria la identificación mediante microchip, el mismo veterinario, al tiempo que identifica al animal, puede introducir los datos vía internet o realzar su tramitación en el registro canino de su Comunidad. los datos tanto del perro como del propietario aparecerán registrados en una base de datos.
Donde no es obligatoria, el propietario debería acudir a su ayuntamiento con la cartilla canina para notificar la propiedad del perro y el domicilio donde se encuentra.
¿Qué pasa cuando se pierde o roban un perro?
Lo primero que debe hacer el propietario es poner una denuncia y comunicarlo tanto al gestor de la base de datos como al ayuntamiento donde está censado el animal.
Cuando aparece en un lugar; mediante esa base de datos se puede localizarse al dueño para informarle de dónde se encuentra recogida su mascota.
Que un perro posea microchip no quiere decir que ese legalmente identificado, a no ser que se encuentre en una base de datos.
Segundo paso: Informar de los cambios
¿Qué pasa cuando se regala o se vende un perro que ya tiene un microchip con datos?
Recordemos que todos los datos del perro están relacionados con un titular; así que no basta con entregar al perro simplemente; ante cualquier contingencia que le suceda al animal el responsable será la persona que lo tiene oficialmente a su nombre registrado en la base de datos.Cuando se realiza un traspaso por el motivo que sea, el mismo debe quedar reflejado en la cartilla canina con los datos del nuevo propietario y la firma de ambos. Este hecho hay que comunicarlo al ayuntamiento y al gestor de la base de datos.
Si se realiza este trámite, el propietario se desvincula de cualquier daño que pueda ocasionar el animal.
Se dan muchos casos en los que el propietario de un perro lo regala o vende y no realza el cambio de titularidad.
Posteriormente, y ante algún incidente ocasionado por el animal, él es el único responsable al constar como titular del mismo.
Recordemos que cada Comunidad Autónoma tiene unos plazos y una edad para registrar los perros, por lo que ante cualquier duda debemos remitirnos al veterinario o al Servicio de Ganadería de nuestra Comunidad.
Mi anécdota: Un día paseando con mis perras, apareció en el parque un perrito cojito con collar, pensé que era de alguien, pues muchas veces pasean suelto y el dueño aparece al poco rato, después de un cuarto de hora, no aparecía nadie, y el perrito (macho) seguía a mis 2 hembras. Tenemos un veterinario cruzando la calle, así que hice que nos siguiera para ver si tenia microchip y podían llamar al dueño. Finalmente con ayuda de otra señora conseguimos llevarlo al veterinario y “gracias” a que si tenia chip, localizaron a la dueña, pongo el “gracias” entrecomillado, pues la dueña no prestó nada de interés en su perro, dijo que estaba en la otra punta del pueblo y que ya lo iría a buscar mas tarde…
Fuente: especies
Publicado por Cuida Tus Mascotas